La Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre dio lugar a la obligatoriedad por parte de las empresas a llevar a cabo una política preventiva en el seno de las empresas con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores.
En base al cumplimiento del mandato legal y a fin de conseguir una promoción en la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tuvo lugar la aparición de los servicios de prevención de riesgos laborales con la intención de facilitar y hacer posible por medio de un adecuado asesoramiento la integración de la de la prevención en la empresa y en todos los niveles jerárquicos, desde la misma a partir de una Evaluación de Riesgos y Planificación de la misma que incluya la técnica la organización y las condiciones de trabajo, presidido todo ello por los mismos principios de eficacia, coordinación y participación que informan la ley.
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